La Convención de los Derechos del Niños, en su Art., 6. Inc. 2.- establece que “Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño”. En este sentido en el eje de Desarrollo, la pobreza infantil es un indicador relevante para medir el contexto integral de cada niño, niña y/o adolescente. Orientar el esfuerzo público y regional, a las diversas condiciones que producen la pobreza, es un desafío permanente para avanzar hacia un mayor estándar de bienestar.
Derecho a la educación
Derecho al bienestar mental y social
Derecho a la cultura, arte y al deporte
Derecho a una salud sexual y reproductiva
Derecho al descanso, ocio y juego

























